LOS DESPLAZADOS.

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LOS DESPLAZADOS.

La irrupción en la zonas rurales de Colombia de las Fuerzas Armadas Revolucionarias- Farc-; y el constante enfrentamiento con los grupos Paramilitares, obligó a un gran número de personas a migrar hacia zonas urbanas de mayor población.

El desarraigo, doloroso por cierto, incluyó la pérdida de sus pertenencias y muchos derechos elementales.

En 2021 se desarrollaran en nuestro país elecciones de medio tiempo, de renovación de autoridades parlamentarias y las gobernaciones de Corrientes y Santiago del Estero.

 En la práctica, los estados provinciales desdoblan las elecciones para tomar distancia de la media nacional, y jugar con los contenidos políticos propios de sus bastiones.

Es decir, que hay elecciones provinciales, las primarias abiertas simultáneas y obligatorias y las elecciones generales._

El país sumergido en la lucha contra la pandemia del coronavirus, ha dejado de lado la discusión del derecho fundamental de los ciudadanos de elegir a sus representantes.

El panorama es complejo, no está en la agenda pública la modificación del sistema de la emisión del sufragio, por lo que en el próximo año, se votará por la boleta sábana de cada agrupación, partido político o alianza que se presente.

La Cámara Nacional Electoral reclamó el estudio del escenario de una elección con pandemia, las medidas de profilapsis y el resguardo del elector ante el aglomeramiento de personas el día de los comicios.

Se han organizado grupos interdisciplinarios para definir los lineamientos de las elecciones parlamentarias del año próximo.

Una de las alternativas que se manejan es disminuir el número de electores por mesa y aumentar los lugares de votación para evitar la superpoblación de personas en los edificios.

El cumplimiento de los protocolos sanitarios tantos para las autoridades de mesa, comandos electorales y los electores.

Esto demandará mayores recursos económicos para llevar adelante el proceso electoral en su totalidad.

Tchintian, Tullio y Abdala en un reciente trabajo titulado,   “Como organizar comicios en escenarios de pandemia y pospandemia?” Concluyen que:” Toda adaptación logística deberá preservar una serie de condiciones o valores que hacen a la calidad de nuestra democracia, cualquiera sea la condición sanitaria que esté atravesando el país. Estos principios son: la participación electoral, la igualdad en el acceso y ejercicio del sufragio, la equidad en las condiciones de competencia, el control ciudadano de parte de los fiscales partidarios y de las autoridades de mesa, y el secreto del voto”.

La situación extraordinaria en que se llevará a cabo el acto eleccionario nos lleva inevitablemente a darle una mirada crítica a nuestro tradicional esquema del acto electoral:

-¿Habrá tiempo suficiente para que los electores puedan emitir su voto hasta las 18 horas?-

-¿Se podrá cumplir con el aislamiento obligatorio y la distancia de protección, cuando los partidos políticos acostumbran a reunir a los electores en sus sedes partidarias?-

-¿Ante la mayor cantidad de mesas y edificios de votación podrán los partidos políticos ejercer una adecuada fiscalización?

-¿Al tener menos fiscales de mesa y generales se pedirá en forma reiterada la inspección del cuarto oscuro, con la consiguiente interrupción y demora para emitir el sufragio?-

El escrutinio de mesa se realiza generalmente en el cuarto oscuro, con presencia de autoridades de mesa, fiscales de mesa, fiscales generales, veedores electorales,¿ se respetarán las distancias establecida por las autoridades sanitarias?.

Recientemente se realizaron Elecciones Presidenciales en la República Dominicana y Municipales en el Uruguay .En la primera las autoridades electorales reconocieron que dentro de los edificios se respetaron las normas de distanciamiento y de higiene, pero “lamentablemente no pudieron controlar la calle”; en la segunda se detectaron dos casos de coronavirus.

Un número aproximado al 10 % del padrón electoral está incluido en los denominados “Grupos de Riesgo” por las autoridades sanitarias son” los mayores de 60 años y personas con comorbilidad”

Existe en esta franja un claro cercenamiento a su derecho electoral, tiene por un lado el deber de concurrir a votar, (art.12 del Código Nacional Electoral), están incluidos en el Padrón Electoral (arts.15 y 18 del Código Nacional Electoral) y son pasible de sanciones por la no emisión del voto,(art.125 del Código Nacional Electoral).

Sin llegar al nivel de cercamiento de derechos como los Desplazados colombianos, existe sin duda, un menoscabo al ejercicio libre de ejercer su función como ciudadano.

Como si fuera poco esa franja etaria, comprobada estadísticamente, posee una alta cultura cívica y ejerce periódicamente este derecho.

Las elecciones afectarán a todos los ciudadanos por igual, está en la responsabilidad de cado uno respetar su derecho y el de los demás, y las autoridades de aplicación, tanto electorales, comando electoral, como sanitarias, deberán velar por el libre y seguro derecho de emitir su voto a toda la ciudadanía, no solo a una parte.

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